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Gobierno autoriza diferimiento de créditos hasta por 90 días: lo que debes saber

La medida busca aliviar la carga económica de los ecuatorianos sin generar costos legales ni intereses por mora.

El presidente Daniel Noboa, mediante el Decreto Ejecutivo No. 444, autorizó a las entidades financieras de los sectores público, privado y popular y solidario a implementar programas de diferimiento temporal y extraordinario de las obligaciones de crédito de sus clientes.

A través de un comunicado en redes sociales, la Superintendencia de Bancos explicó como se abodará estos diferimientos. 

  • Duración del diferimiento: Hasta 90 días, con las cuotas pospuestas trasladadas al final de la tabla de amortización correspondiente.
  • Aplicación del mecanismo: Según la Resolución No. JPRF-F-2024-0123, estará disponible para operaciones de crédito vigentes hasta el 30 de septiembre de 2024 o activadas al momento de su implementación.
  • Plazo final: Este diferimiento estará vigente hasta el 31 de marzo de 2025 y deberá ser solicitado por el cliente o implementado por la entidad financiera con aceptación formal del usuario.

Aspectos del diferimiento

  • Sin intereses por mora ni costos legales: Las cuotas diferidas no generarán estos cargos, ya que no se considera una nueva operación crediticia.
  • Posible cobro de intereses: Las entidades financieras podrán cobrar intereses sobre las cuotas diferidas, siempre y cuando lo notifiquen claramente al cliente.

Tomado de El Telégrafo – Foto: El Telégrafo

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