Pleno no autorizó el enjuiciamiento penal en contra de la asambleísta Mónica Palacios
La Asamblea no autorizó el enjuiciamiento penal en contra de la asambleísta Mónica Palacios, dentro de la querella propuesta por el Presidente de la República, por el delito de calumnias, conforme a la solicitud de la jueza nacional ponente de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia (e), Mercedes Caicedo.
La moción para autorizar el enjuiciamiento penal en contra de Mónica Palacios, contó únicamente con 26 votos afirmativos. En contra se pronunciaron 84 asambleístas, mientras 10 parlamentarios se abstuvieron.
“Debemos dejarle claro al Presidente de la República que los legisladores no vamos a ser avasallados, porque no somos su hacienda”, dijo Ana María Raffo, proponente de la moción, al recordar que el país ha sido testigo de una serie de hechos contrarios a la democracia por parte del Gobierno, como negarle la inscripción a un candidato presidencial y lo que le hizo a su propia Vicepresidenta, al suspenderle en funciones sobre la base de un sumario administrativo.
Añadió que, como legisladores no pueden callar ante este tipo de acciones, razón por la cual no se debería autorizar el enjuiciamiento penal de una asambleísta que ha ejercido su derecho a la libertad de expresión y la facultad fiscalizadora que le confiere la Constitución de la República.
En concordancia con el artículo 128 de la Constitución, el artículo 111, inciso segundo, de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, establece: “Para el inicio de una instrucción fiscal o enjuiciamiento penal en contra de una o un asambleísta se requerirá autorización previa del Pleno de la Asamblea Nacional, excepto en los casos que no se encuentren relacionados con el ejercicio de sus funciones”.
EG – Asamblea Nacional