Organizaciones sociales no podrán «obstaculizar» proyectos mineros, según la Ley de Transparencia Social

Marcha por el agua en Cuenca. Ciudadanos y organizaciones se activaron en contra de «minería legal» que podían afectar los recursos  hídricos que abastecen a la ciudad. El Gobierno cedió ante la expresión ciudadana. Foto: El Mercurio

El Gobierno Nacional, mediante Decreto Ejecutivo N.º 191, ha emitido el Reglamento a la Ley Orgánica de Transparencia Social, publicada en el Registro Oficial el 28 de agosto de 2025. Esta normativa establece un nuevo marco jurídico para las organizaciones sociales sin fines de lucro, con énfasis en la supervisión, transparencia financiera y control estatal.

Uno de los puntos más controvertidos del reglamento es la prohibición expresa a las organizaciones sociales de intervenir, directa o indirectamente, en actividades orientadas a obstaculizar o interferir con proyectos mineros legalmente autorizados. Esta disposición, se señala, buscararía garantizar la ejecución de proyectos estratégicos en el sector extractivo, considerados clave para el desarrollo económico del país.

El incumplimiento de esta norma podrá acarrear sanciones severas, incluyendo la suspensión de la personería jurídica de la organización infractora. La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) será la entidad encargada de auditar, supervisar e intervenir en caso de irregularidades.

Reacciones contrarias

Diversas sectores han advertido que la reforma podría generar conflictos constitucionales, al limitar el rol fiscalizador de la sociedad civil frente a proyectos extractivos que afectan el ambiente y las comunidades.

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