Qué dice la reforma laboral de Milei que amenaza con desatar una nueva huelga general

reforma laboral argentina

Manifestación en Buenos Aires contra la reforma laboral de Javier Milei, 11 de febrero 2026. Luciano Gonzalez/Anadolu via Getty Images

Wired. La Confederación General del Trabajo de Argentina (CGT) anunció una huelga general de 24 horas para manifestarse contra la reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei y aprobada recientemente por el Senado. La central sindical busca que el paro, previsto para esta semana, coincida con el inicio del análisis de la iniciativa en la Cámara de Diputados.

La medida de fuerza tendría impacto en múltiples sectores. La CGT reúne a más de 6 millones de trabajadores distribuidos en 34 federaciones y 62 regionales: abarcan ramas como industria, comercio, servicios, sanidad, transporte, construcción y empleo municipal, entre otras.

En esta ocasión, el paro no estará acompañado de movilizaciones. De acuerdo con la prensa local, la decisión se adoptó luego de que una manifestación convocada por la CGT la semana pasada en la ciudad de Buenos Aires derivara en enfrentamientos entre participantes y fuerzas de seguridad. El saldo fue de al menos 10 personas heridas, 37 detenidas y daños materiales estimados en cerca de 270 millones de pesos argentinos.

La iniciativa laboral promovida por la administración de Milei es considerada una de las más polémicas de los últimos años. Diversas organizaciones gremiales sostienen que los cambios planteados implican un retroceso en materia de derechos laborales y podrían dejar en situación de mayor vulnerabilidad a la fuerza productiva del país.

El texto aprobado en lo general por el Senado contempla 28 modificaciones e introduce ajustes en distintos aspectos del régimen vigente, incluidos contratación, litigiosidad y mecanismos de garantía para el cumplimiento de obligaciones indemnizatorias. Especialistas consultados señalan que los cambios pueden agruparse en cuatro ejes principales que reconfigurarían de manera significativa el mercado laboral argentino.

Jornada laboral y vacaciones

El proyecto propone reformar el artículo 198 de la Ley de Contrato de Trabajo, que fija la duración máxima de la jornada y las condiciones para el pago de horas extras. Actualmente, el límite es de ocho horas diarias o 48 semanales. Las horas excedentes deben abonarse con un recargo del 50% en días hábiles y del 100% en fines de semana o feriados.

La reforma habilita la posibilidad de acordar jornadas de hasta 12 horas diarias, siempre que se respete un descanso semanal mínimo de 35 horas corridas. Asimismo, introduce la figura del “banco de horas”, que permitiría compensar tiempo adicional trabajado con días libres o reducciones de jornada posteriores.

El esquema no elimina la remuneración por trabajo extraordinario, pero plantea que la compensación alternativa solo podrá aplicarse mediante acuerdo escrito entre empleado y empleador, lo que, en principio, impediría su imposición unilateral.

En materia de vacaciones, la normativa actual establece un mínimo de 14 días corridos para quienes tienen menos de cinco años de antigüedad, con incrementos progresivos a 21, 28 y 35 días según el tiempo de servicio. El descanso debe otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril.

La iniciativa permitiría fraccionar las vacaciones en períodos de al menos siete días, sin importar la antigüedad y en cualquier momento del año, siempre que exista consentimiento entre las partes.

Indemnizaciones y licencias por enfermedad

Hoy, cuando un trabajador sufre un accidente o enfermedad no vinculados al empleo, percibe el 100% de su salario durante tres meses si tiene menos de cinco años de antigüedad y durante seis meses si supera ese plazo. En caso de tener cargas de familia, esos períodos se duplican.

De aprobarse el proyecto, se eliminaría el pago íntegro del sueldo en esos supuestos. La compensación oscilaría entre el 50 y el 75% de la remuneración, según el grado de responsabilidad atribuido al trabajador en el hecho que generó la incapacidad. Si la dolencia se considera consecuencia de un “acto voluntario o acción de riesgo” contra su propia salud, solo recibiría el 50%.

En cuanto a la indemnización por despido, se mantiene el criterio de un salario por año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración mensual del último año. Sin embargo, se excluyen del cómputo el aguinaldo, vacaciones no gozadas, bonificaciones y otros conceptos no mensuales. Además, en caso de litigio, el empleador podría abonar la suma en cuotas: hasta seis meses para grandes compañías y hasta 12 para pequeñas y medianas empresas.

reforma laboral Argentina 2260876593

Movilización frente al Congreso Nacional para protestar contra la votación de la reforma laboral en el Senado, en Buenos Aires, Argentina, el 11 de febrero de 2026.

 Silvana Safenreiter/NurPhoto/Getty Images

Derecho de huelga y representación sindical

La propuesta amplía el listado de actividades consideradas esenciales, que ante una huelga deberán garantizar al menos el 75% de los servicios. A los sectores ya incluidos (salud, agua potable, energía eléctrica, gas y control del tráfico aéreo) se sumarían telecomunicaciones, aeronáutica, comercio, servicios portuarios, aduaneros y migratorios, y educación, con excepción de las universidades. Las fuerzas de seguridad deberán prestar el 100% de sus tareas.

También se crea la categoría de “servicios de importancia trascendental”, que deberán asegurar un funcionamiento mínimo del 50% durante una medida de fuerza. Allí se ubicarían transporte de pasajeros y cargas, industria farmacéutica, banca, agro, minería, siderurgia, construcción, medios de comunicación, comercio electrónico y hotelería.

En relación con la representación sindical, el proyecto modifica el artículo 20 de la Ley de Asociaciones Sindicales para establecer que las asambleas y congresos de delegados no podrán afectar el funcionamiento normal de la empresa y requerirán autorización del empleador respecto del horario y la duración.

Se tipifican como infracciones “muy graves” los bloqueos o tomas de establecimientos y las acciones que limiten la libertad de quienes no deseen adherirse al paro. También se consideran faltas severas la obstrucción total o parcial del ingreso o egreso de personas o bienes, la generación de daños y la retención indebida de personas o cosas.

Convenios colectivos

La iniciativa elimina el principio de ultraactividad, que mantiene vigente un convenio colectivo aun después de su vencimiento hasta la firma de uno nuevo. De prosperar el cambio, los acuerdos perderán validez al expirar el plazo fijado, salvo en materia de condiciones laborales básicas. Además, los convenios de ámbito menor, como los pactados a nivel de empresa, prevalecerán sobre los sectoriales.

La propuesta acumula críticas de distintos sectores que la consideran regresiva. El Foro por la Defensa del Derecho del Trabajo y de la Justicia Social, integrado por más de un centenar de organizaciones, académicos y especialistas, sostuvo que el proyecto “nada tiene de moderno” y que su aprobación implicaría un retroceso histórico, además de cuestionar su compatibilidad con la Constitución y tratados internacionales de la Organización Internacional del Trabajo.

La Asociación Argentina de Actores y Actrices advirtió que la reforma impactaría de forma directa en el sector cultural y en el financiamiento de organismos clave para la actividad artística y su obra social.

 Desde el oficialismo, en cambio, se afirma que los cambios son necesarios para reducir la informalidad, que ronda el 43%. “¿Feriado? ¿Qué es eso? Nosotros trabajamos todos los días. La única forma de salir adelante es: capitalismo, ahorro y trabajo duro. En los tres puntos decimos presentes”, escribió Milei en sus redes sociales.
Tomado de Wired – Imagen: Wired
CATEGORIAS
Compartir este artículo