Municipio de Quito prohíbe la circulación de dos personas en una motocicleta
El Concejo de Quito aprobó este martes 9 de julio de 2024 una ordenanza que prohíbe la circulación de dos personas en una misma motocicleta. La medida aplicará para todos los vehículos de este tipo que circulen en el Distrito Metropolitano.
La normativa, que sigue las recomendaciones de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), fue aprobada con la votación de 12 concejales. Hubo un voto en contra y cinco abstenciones. El concejal Bernardo Abad fue el proponente de la ordenanza, para reducir los índices de inseguridad en la capital y prevenir delitos como robos, asaltos e incluso asesinatos bajo la modalidad de sicariato.
Queda prohibida la circulación de dos personas en moto en todo el Distrito Metropolitano de #Quito.
Esta ordenanza de mi iniciativa y aprobada por el @ConcejoQuito, ayudará a reducir los índices de inseguridad en la ciudad.#QuitoEsPrimero pic.twitter.com/XGRnM7ZBAQ
— Bernardo Abad 🇪🇨 (@babadmerchan) July 9, 2024
Una resolución de la ANT del 9 de junio de 2022 ya había establecido la prohibición en la circulación de dos personas en una motocicleta, a escala nacional.
En esta normativa se establecen algunas excepciones para el traslado personas en una motocicleta:
a) Cónyuge o conviviente en unión de hecho del conductor, debidamente inscrita en el registro civil.
b) Hijos o hermanos del conductor
c) Personas con discapacidad
d) Adultos mayores
e) Mujeres
f) Menores de 12 años
g) Los servidores públicos que en el cumplimiento de sus funciones circulen en motocicletas institucionales.
La sanción para aquellos que incumplan con la normativa será una multa de un 15% de un salario básico unificado (SBU), según estipula el Código Orgánico Integral Penal (COIP), es decir un valor de USD 69 al 2024.
Tomado de El Telégrafo