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Juristas dan observaciones a reformas al coip para combatir el comercio ilícito

Juristas dan observaciones a reformas al coip para combatir el comercio ilícito

En el marco del debate y construcción del informe para segundo debate del proyecto de reforma a Diversos Cuerpos Legales para Reforzar la Prevención y el Combate al Comercio Ilícito, Fortalecer la Industria Nacional y Fomentar el Comercio Electrónico, expertos jurístas al dar sus observaciones de forma y fondo, calificaron de positiva la normativa que tramita la Comisión de Justicia.

Gustavo Benítez, experto en delitos tributarios y aduaneros y actual Fiscal de Pichincha, señaló que las multas que se estipulan a la defraudación aduanera son excesivas. Sobre la receptación aduanera, dijo que este tipo penal no contiene la venta o transferencia, ni finalidad comercial, tampoco observa lo dispueto por la Corte Constitucional respecto al tipo penal de recepción, conocimiento que debe tener la persona de que es un producto de un ilícito (robo, hurt o abigeato).

Dijo que el artículo de contrabando fraccionado es ingenioso, pero no aplicable, ya que el contrabando tiende a evadir el control audanero y este sería más aplicabe en defraudación aduanera porque allí se fracciona para pagar menos a la administración aduanera. En cuanto a las circunstancias agravantes de los delitos aduaneros, subrayó que la pena de suspensión de desempeño es demasiada fuerte ya que se establece que será de por vida para el sector público, por tartarse de un delito económico.

Sobre el comiso del medio de transporte, mencionó que debería estipularse en la norma la descripción de esta conducta o relacionamiento del hecho con el transporte para que se disponga el comiso.

Los parlamentarios también escucharon al máster en Derecho Procesal, Andrés Vera Pinto, abogado de la Universidad Católica de Guayaquil (Ucsg), quien precisó que el derecho aduanero en Ecuador nunca tuvo desarrollo por falta de interés y de escuela, tampoco ha sido objeto de investigación universitaria y jamás mereció la preocupación del Estado. Hay que definir una política de derechos aduaneros, agregó.

Entre otros aspectos, dijo que hay dualidad de sanciones para las contravenciones aduaneras. Consideró oportuno incluir en las reformas un tipo de defraudación aduanera adicional sobre el contrabando de aeropuerto, tomando en cuenta que este delito no está tipificado en ninguna ley.

Recordó que existe la resolución 679 del Director Nacional de Aduanas del Ecuador, del 25 de noviembre de 2011, donde se establece la tipificación de las conductas por defraudación aduanera y contrabando, mismas que determinan que la defraudación aduanera se configura únicamente si el viajero no registró en el formulario correspondiente bienes tributables, que excedan del límite admisible de 2000 dólares, pero que no tiene peso porque no consta en una ley.

En este marco, propuso agregar el numeral 7 del artículo 299 del Código Integral Penal (COIP), para determinar que si el viajero no registró en el formulario correspondiente los bienes tributables que excedan del límite admisible de 2000 dólares para acogerse al despacho a través de la Sala Internacional de Pasajeros. Cuando se supere este límite terminará el ámbito de aplicación del régimen de excepción, adquiriendo el formulario de registro aduanero el carácter de declaración aduanera simplificada.

Al referirse a la recepción aduanera, coincidió con el abogado Gustavo Benítez, en el sentido de que receptación como delito fue declarado inconstitucional por una tipificación acorde a esto. Dijo que es necesario revisar el contenido del literal p) del artículo 90 por el cual prevé que la persona que, de manera flagrante, compre mercancías en las que no pueda demostrar el cumplimiento del pago de los aranceles o impuestos generados, a requerimiento de la autoridad aduanera competentes, tomando en cuenta que podría ser una conducta que lleve a procesos arbitrarios.

El presidente de la Comisión, José Serrano, agradeció a los comparecientes sus criterios y mencionó que se tomarán en cuenta las sugerencias planteadas.

Reformas COA

La Comisión de Justicia conoció la resolución del Consejo de Administración Legislativa (CAL) que califica a trámite el proyecto de reformas al Código Orgánico Administrativo (COA), que propone incorporar el recurso de reposición del acto administrativo. La mesa legislativa resolvió convocar al asambleísta Esteban Torres, a fin de que exponga el alcance y objetivos de la propueta legal.

JLVN/ea

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