Estado de excepción y toque de queda, tras fuga de alias Fito

La medida será por 60 días. Incluye restricciones y controles, para hacer frente a la crisis carcelaria.

Punto Noticias.- Tras conocer de la fuga del líder de Los Choneros, José Adolfo Macías Villamar, alias ‘Fito’, y de los amotinamientos carcelarios, con guías penitenciarios retenidos, el presidente de la República, Daniel Noboa, decretó estado de excepción.

La tarde de este lunes, el mandatario indicó que, con esta medida, las Fuerzas Armadas tendrán el respaldo de efectuar las acciones necesarias para mitigar la violencia.

“Lo que estamos viendo en las cárceles del país, es el resultado de la decisión de enfrentarlos. Por eso, desde el Gobierno, hemos emprendido acciones que nos permitan recuperar el control de los centros de privación de libertad, que se ha perdido en los últimos años”.

Noboa agregó que, como respuesta, los grupos “narcoterroristas”, pretenden amendretar. El objetivo sería que el Gobierno ceda a sus demandas. “He dado disposiciones claras y precisas a los mandos policiales y militares para que intervengan en el control de las cárceles. Acabo de firmar el decreto de estado de excepción para que las Fuerzas Armadas tengan todo el respaldo político y legal en su accionar”.

Acciones

En el Decreto Ejecutivo 110, Noboa declaró el estado de excepción en todo el territorio nacional, incluidos los centros de privación de libertad, con una duración de 60 días. Se dispuso la movilización e intervención de la Policía y las Fuerzas Armadas en el todo el país.

También se suspendió el derecho a la libertad de reunión. “Consiste en impedir cualquier acción que afecte la seguridad y el orden público”, se indicó. Además, se suspendió el derecho a la inviolabilidad de domicilio y, en las prisiones, se suspendió el derecho a la inviolabilidad de correspondencia.

El Decreto restringe la libertad de tránsito, todos los días, desde las 23:00 hasta las 05:00. “Las personas que circulen, durante el horario de toque de queda, serán puestas a órdenes de la autoridad judicial competente”.

Se exceptúan del toque de queda servicios de salud; miembros de seguridad, gestión de riesgos y atención de emergencias; servidores públicos que acrediten que deben desplazarse para asegurar la continuidad de los servicios; personas que deban trasladarse a aeropuertos, por vuelos programados; trabajadores, siempre que demuestren que es indispensable que se trasladen en el horario del toque de queda.

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Fuente: Pichincha Comunicaciones – Foto:

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