Corte Constitucional admite pregunta de Noboa sobre Constituyente, pero exige correcciones

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Imagen: internet

La Corte Constitucional del Ecuador emitió este martes su dictamen sobre la propuesta del presidente Daniel Noboa para convocar a una Asamblea Constituyente mediante consulta popular. El máximo órgano de control constitucional dio luz verde a la pregunta planteada, pero condicionó el avance del proceso a la subsanación de trece considerandos del decreto presidencial y a ajustes en el Estatuto que regularía la elección y funcionamiento de la Asamblea.

La pregunta, aprobada
La Corte determinó que la interrogante cumple con los requisitos legales establecidos en el artículo 105 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC). La pregunta es la siguiente:

“¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?”

Observaciones al decreto y estatuto
El Pleno de la Corte identificó deficiencias en trece de los 33 considerandos del decreto presidencial, señalando que algunos empleaban lenguaje emotivo o inducían la respuesta del votante, lo que vulnera el principio de neutralidad. Frases como “crisis de seguridad sin precedentes” o “descomposición institucional profunda” fueron consideradas inapropiadas para un proceso democrático.
En cuanto al Estatuto Constituyente, el tribunal observó que los artículos 4 y 5 no definen con claridad el tamaño de las circunscripciones provinciales ni el método de adjudicación de escaños. Esta falta de precisión impide establecer con exactitud el número de asambleístas, lo que contraviene el artículo 444 de la Constitución.

¿Qué sigue?
La Corte ha dispuesto que el Ejecutivo corrija los elementos señalados. Solo una vez que las subsanaciones sean verificadas y aprobadas por el tribunal, el Consejo Nacional Electoral (CNE) podrá incluir la pregunta en el referéndum previsto para el 16 de noviembre.
El dictamen aclara que no constituye un juicio de valor sobre la conveniencia de convocar a una Asamblea Constituyente. Su labor se ha limitado a garantizar que el proceso cumpla con los parámetros legales, permitiendo al pueblo ecuatoriano decidir de manera clara, libre y democrática.

 

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