La desconexión laboral digital. -Un derecho que protege la salud y el bienestar-

 

Ivan Orozco

Ing. Iván Orozco
Asesor en Seguridad y Salud Ocupacional
Ivan31oct@gmail.com

En un mundo hiperconectado, donde celulares y correos borran las fronteras entre la vida laboral y personal, surge un derecho clave: la desconexión laboral digital. En Ecuador, el Acuerdo Ministerial MDT-2025-102 lo incorpora como obligación en el sector privado, al reconocer que exigir disponibilidad permanente sin compensación constituye hostigamiento y afecta la salud mental.

Este derecho permite a los trabajadores desconectarse de teléfonos, correos y plataformas al terminar su jornada. El empleador no puede exigir actividades fuera de horario salvo excepciones: cargos de confianza, casos de fuerza mayor o acuerdos expresos con compensación.

La desconexión es también una medida preventiva en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), ya que evita riesgos psicosociales como estrés, burnout, fatiga, alteraciones del sueño y conflictos familiares. El Convenio 190 de la OIT refuerza esta visión al considerar la desconexión esencial para proteger la dignidad laboral.

Adoptarla trae beneficios tangibles: mejora el clima laboral, reduce riesgos psicosociales, asegura cumplimiento normativo y aumenta la productividad al permitir un verdadero descanso.

La desconexión digital, es un derecho humano laboral. En IOP Consultoría creemos que prevenir no es solo cumplir la ley, sino garantizar bienestar, porque un trabajador descansado y respetado es el mejor aliado para lograr los objetivos de la organización.

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